TAREA 3. Cosas sobre “el paper” (5 opciones a elegir)

 

Recientemente he analizado en mi Tesis doctoral el concepto de motivos económicos válidos en las operaciones de reestructuración empresarial en el contexto del Impuesto sobre Sociedades. Es crucial tenerlo claro para la planificación fiscal de las operaciones de reestructuración, para no incurrir en una excesiva carga fiscal que pueda poner en peligro la viabilidad económica de la operación.  Para ello, he analizado varios papers que analizan esta cuestión en concreto. Hay dos que me parecen muy interesantes por como analizan el tema:

-        Prósper Almagro, A.B. (2024). Retos pendientes en la interpretación de la cláusula antiabuso del régimen de reestructuración empresarial: los motivos económicos válidos y la ventaja fiscal a regularizar. Nueva Fiscalidad, 1.

-        Parra Ruiz, G. (2023). Los motivos económicos válidos. La cláusula antiabuso en las fusiones y operaciones asimiladas. Carta Tributaria. Revista de Opinión, Nº 94, Sección Observatorio, Enero 2023, CISS.

Artículo Prósper Almagro, A.B. (2024)

El documento tiene una extensión de 25 páginas, entre ellas 1 es la bibliografía. Tiene 14 referencias bibliográficas, de las cuales 12 son artículos de revistas científicas y las otras dos referencias se corresponde con documentos de trabajo. Las referencias bibliográficas más antiguas que cita son del año 2002 y la más reciente es del año 2023. También cita referencias bibliográficas de años intermedios: 2017, 2012…Las citas de esas referencias bibliográficas se encuentran distribuidas por todas las secciones del artículo.

Artículo Parra Ruiz, G. (2023)

Este documento tiene una extensión más corta que el anterior:  16 páginas. Tiene 6 referencias bibliográficas, de las cuales 4 son artículos de revistas científicas y las otras dos referencias se corresponde con un Trabajo Fin de Grado y un Libro de Texto. Las referencias bibliográficas más antiguas que cita son del año 2002 y la más reciente es del año 2021. También cita referencias bibliográficas de años intermedios: 2010…Las citas de esas referencias bibliográficas se encuentran distribuidas por todas las secciones del artículo excepto en la primera que es una Introducción.

 

He entrado en el Blog de mi compañera Naiara (https://abai-naiaragoni.blogspot.com/) donde ha analizado en dos papers si estos siguen la estructura IMRAD. Me parece que ha realizado un análisis muy preciso para determinar si siguen una estructura IMRAD. Además, lo acompaña de unas concusiones muy claras.

Comentarios

  1. Es muy común que la mayoría de las referencias estén en la introducción de los artículos, literalmente para "contextualizar" el trabajo que se presenta. No sé si era tu caso.

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